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MANSILLA JORGE RAUL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó sucesión intestada por el fallecimiento de Jorge Raúl Mansilla y se solicitó la declaración de herederas a sus hijas. El Tribunal declaró que, por fallecimiento de Jorge Raúl Mansilla, le suceden en carácter de herederas universales sus hijas Micaela Grisel y Natalia Mariel Mansilla y Vallejos, conforme a los arts. 2337 y 2426 NCCC y arts. 735 y 737 CPCC.

Declaracion de herederos Sucesion intestada Publicacion de edictos Certificado de defuncion Herederas universales Art. 2337 nccc Art. 2426 nccc Art. 734 cpcc / art. 735 cpcc Divorcio del causante Ius previsional / ley 8480 observaciones: se consignan fechas relevantes: defuncion 11/08/2024 Publicacion de edictos 07/04/2026 Nacimientos 06/12/1983 y 15/05/1985. el bloque dispositivo final del expediente expresa la declaracion de herederas en favor de las hijas Que se reporta como la decision del tribunal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MICAELA GRISEL y NATALIA MARIEL MANSILLA Y VALLEJOS (peticionantes que solicitan la declaración sucesoria). Demandado: No existe demandado activo; el procedimiento se inició respecto del causante JORGE RAUL MANSILLA (fallecido). Objeto: Se solicita la declaración de apertura de la sucesión intestada y la designación de las herederas universales por fallecimiento del causante. Decisión: Se declaró que por fallecimiento de JORGE RAUL MANSILLA le suceden en carácter de universales herederos sus hijas MICAELA GRISEL y NATALIA MARIEL MANSILLA Y VALLEJOS; se tuvo por cumplida la publicación de edictos y cumplidos los requisitos procesales previstos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "CERTIFICO: Que en la fecha de su firma digital se constata a través del sitio web https://www.boletinoficial.gba.gov.ar/, que el día 07/04/2026 se procedió a la publicación de edictos en el Boletín Oficial Digital Judicial, respecto del causante de autos, y que el mismo podrá visualizarse copiando y pegando el siguiente link en la barra de direcciones del navegador: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14085/ver#page=50. Secretaría, Moreno, en la fecha de su firma digital.-" "1º) Que con el certificado de defunción adjunto con fecha 02/03/2026 se acredita la defunción de JORGE RAUL MANSILLA, ocurrida el 11/08/2024." "2º) Que el causante se encontraba divorciado de MARIA EULALIA VALLEJOS GOMEZ conforme surge de las constancias adjuntas con fecha 08/09/2026." "3º) Que de esa unión nacieron MICAELA GRISEL el día 15/05/1985 y NATALIA MARIEL MANSILLA Y VALLEJOS el día 06/12/1983 (ver constancias adjuntas con fecha 08/09/2026 y 02/03/2026)." "4º) Que con la certificación que antecede consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa la Sra. Actuaria en este acto." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337 y 2426 del NCCC (ex 3410 y 3565 del C.C. respectivamente) y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de JORGE RAUL MANSILLA le suceden en carácter de universales herederos sus hijas MICAELA GRISEL Y NATALIA MARIEL MANSILLA Y VALLEJOS." Adicionales procesales: "Téngase presente la certificación que antecede y dése por cumplida la publicación en el Boletín Oficial respecto del causante JORGE RAUL MANSILLA (arts. 116 del CPCC, 288 del CCCN, Ley 25506 y Ac. 3733/14 Scba.-). Por cumplido con el Ius Previsional y Bono Ley 8480."

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