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FULCCO ESTER BEATRIZ S/ SUCESION AB-INTESTATO

El expediente tramita sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Ester Beatriz Fulcco y se solicita la declaratoria de herederos. El Tribunal declara por derecho y sin perjuicio de terceros que le suceden como herederos universales sus hijos Inés Cecilia, Hernán Pablo, Nicolás Javier y Mariano Martín Calabresi.

Declaratoria de herederos Partidas de nacimiento Sucesion ab-intestato Publicacion de edictos Certificado de defuncion Herederos universales Partida de matrimonio Art. 2424 ccycn Art. 2426 ccycn Arts. 735 y 737 cpcc nota: en el extracto aportado no figura la identificacion del peticionante ni de eventuales opositores La resolucion es de primera instancia dictada por el tribunal (juzgado civil y comercial) a cargo de la dra. soledad de vedia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: No surge identidad del peticionante en el extracto; se trata de una tramitación de declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato. Demandado: No corresponde/No identificado. Objeto: Declaratoria de herederos por el fallecimiento de ESTER BEATRIZ FULCCO (sucesión ab-intestato). Decisión: Se declaró que, por fallecimiento de ESTER BEATRIZ FULCCO, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos: INÉS CECILIA, HERNÁN PABLO, NICOLÁS JAVIER y MARIANO MARTÍN CALABRESI; se ordenó registrar la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "I: Que con el certificado de defunción digitalizado a fs. 3 se acredita el fallecimiento de ESTER BEATRIZ FULCCO ocurrido el día 25 de diciembre de 2025 quien era de estado civil viuda de Héctor Eduardo Calabresi quien falleciera el día 2 de febrero de 1996, conforme certificado de fs. 3." "II: Que con la partida digitalizada a fs. 5 se acredita el matrimonio de la causante con su cónyuge ocurrido el día 2 de junio de 1975." "III: Que de dicha unión conyugal nacieron los siguientes hijos: INÉS CECILIA, HERNÁN PABLO, NICOLÁS JAVIER y MARIANO MARTÍN CALABRESI ocurridos el 14/05/1978, el 24/04/1979, el 04/07/1981 y el 15/12/1983 respectivamente, ello conforme se desprende de las partidas agregadas a fs. 3." "IV: Que con el diario agregado a fs. 21 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo." "Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ESTER BEATRIZ FULCCO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: INÉS CECILIA, HERNÁN PABLO, NICOLÁS JAVIER y MARIANO MARTÍN CALABRESI y Fulcco. REGISTRESE." Observación: el fallo se funda en la documentación probatoria (certificado de defunción, partidas de matrimonio y nacimientos) y en la publicación del edicto con resultado negativo, aplicando los arts. 2424 y 2426 del CCyCN y los arts. 735 y 737 del CPCC.

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