Logo

AYALA, MARIA GREGORIA S/ SUCESION AB INTESTATO (21)

Se promovió la declaratoria de herederos ab intestato por el fallecimiento de María Gregoria Ayala. El Tribunal declaró por derecho que los únicos y universales herederos son Ismael Hernán Ayala y su nieta Ailen Rocío Ortiz (representando a su padre pre-muerto), y cesó la intervención del Ministerio Fiscal.

Herencia Sucesion ab intestato Declaratoria de herederos Registro de sentencias 3565 Quilmes 3570 737 3576 Matrimonio y filiacion Codigo civil arts. 3545 Ministerio fiscal (cesacion de intervencion) Juzgado civil y comercial n?1 Representacion por pre-muerto Cpcarts. 735

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Peticionantes que solicitan la declaratoria de herederos: Ismael Hernán Ayala y Ailen Rocío Ortiz (en representación de Abel Eugenio Ortiz, pre-muerto). Demandado: Sucesión de María Gregoria Ayala (causante). Objeto: Declaratoria de herederos ab intestato por el fallecimiento de María Gregoria Ayala. Decisión: Se declara que por el fallecimiento de María Gregoria Ayala "le suceden en carácter de únicos y universales herederos, su hijo Ismael Hernán Ayala y su nieta Ailen Rocío Ortiz, en representación de su padre pre-muerto Abel Eugenio Ortiz". Se dispone además el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y se ordena registrar la decisión.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del pronunciamiento):
- "Que con la partida de defunción obrante a fs. 6 se acredita el fallecimiento de MARIA GREGORIA AYALA, ocurrido el día 5/10/2009."
- "Que con la partida de fs 3 se acredita el matrimonio de Maria Gregoria Ayala y Felipe Ortiz celebrado el día 05/01/1966."
- "Que de dicha unión nació Abel Eugenio Ortiz y Ayala el día 06/05/1971 ... cuyo fallecimiento ocurrido en fecha 23/10/2005 se acredita con la declaratoria de herederos en los autos caratulados 'ORTIZ ABEL EUGENIO S/SUCESION AB INTESTATO' Expte. 24965..."
- "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 3545, 3565, 3570 y 3576 del Código Civil, y 735, 737 del C.P.C.C.; DECLARO en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de AYALA MARIA GREGORIA le suceden en carácter de únicos y universales herederos, su hijo Ismael Hernán Ayala y su nieta Ailen Rocio Ortiz, en representación de su padre pre-muerto Abel Eugenio Ortiz. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. REGISTRESE."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar