SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ LA GRANJA DEL CUCU SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/ APREMIO
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo promovió ejecución (apremio) por pago de capital adeudado de $247.337,39 más intereses. El Tribunal ordenó continuar con la causa de trance y remate hasta el pago íntegro, condenó en costas a la ejecutada y aplicó intereses según el art. 3 de la Res. 2775/2014 desde el 16/7/24.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Demandado: LA GRANJA DEL CUCU S.R.L.
Objeto: Ejecución por apremio para obtener el pago del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON TREINTA Y NUEVE ($247.337,39), más intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar la causa a trance y remate hasta tanto la ejecutada pague íntegramente el capital reclamado y los intereses según la Res. 2775/2014 desde el 16/7/24. Costas a cargo de la ejecutada. Regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"I.
- Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 del C.P.C.C. y 14 de la Ac.2514 SCBA)."
"II.
- Que con relación a los intereses se calcularán hasta el efectivo pago a la tasa prevista en el artículo 3 de la resolución 2775/2014 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, desde la fecha de mora -esto es, el 16/7/24
- costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.)."
"Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 549 y concs. del C.P.C.C., FALLO: 1°) Esta causa de trance y remate mandando llevar la ejecución adelante hasta tanto la deudora LA GRANJA DEL CUCU SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA haga a la acreedora SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON TREINTA Y NUEVE ($247.337,39) con más los intereses previstos en el artículo 3 de la resolución 2775/2014 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo desde el 16/7/24 y hasta su efectivo pago."
"2°) Con costas a cargo de la ejecutada (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.)."
"3°) Diferir la regulación de honorarios hasta la oportunidad dispuesta por el art. 51 de la ley 14.967."
- Votos/disidencias: No se consignan votos ni disidencias en el texto analizado; el dispositivo final es el que resuelve y se reproduce arriba.
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