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AMARILLA JULIAN AGUSTIN C/ MARTINEZ GONZALO SEBASTIAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial en el que resultó lesionado al ser embestida su bicicleta por un Fiat Siena. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando al demandado al pago de $30.980.000, más intereses, y extendió la condena a la aseguradora ATM Compañía de Seguros S.A. en la medida de la póliza.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Bicicleta vs automovil Incapacidad permanente (12 78% tv) Dano psiquico (depresion reactiva) Indemnizacion $30.980.000 Aseguradora (atm compania de seguros s.a.) Intereses de condena (6% hasta pronunciamiento Luego tasa bip)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Amarilla Julián Agustín. Demandado: Martínez Gonzalo Sebastián (y citación en garantía a ATM Compañía de Seguros S.A.). Objeto: Daños y perjuicios por accidente automovilístico ocurrido el 30/09/2022; monto reclamado $6.252.000,00 (liquidación ampliada en autos). Decisión: Se hace lugar a la demanda y se condena al accionado a abonar la suma total de $30.980.000,00 más intereses; se imponen las costas al demandado; la condena se hace extensiva a ATM Compañía de Seguros S.A. en la medida del seguro contratado; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
- Sobre la responsabilidad (fundamento de la admisión de la demanda): "Y asumiendo esa tarea corresponde señalar que el discernimiento sobre la atribución de responsabilidad ha de realizarse bajo las reglas de la denominada objetiva, receptada en los artículos 1721, 1722, 1757, 1758 y 1769 del Código Civil y Comercial, en cuya virtud, probada la intervención de la cosa portadora de riesgo, como lo es un vehículo circulando (el caso de autos) no es menester que el actor (dañado) acredite la culpa del demandado, dado que éste responde en su condición de dueño o guardián del rodado involucrado en el infortunio, salvo que demuestre que su proceder resulta causalmente ajeno al resultado." "En cuanto al modo en que se produjo la colisión, adelanto que habré de asignar la responsabilidad al demandado. A este respecto cabe destacar que, si bien el demandado contaba con prioridad de paso al circular por la derecha del accionante, el mencionado en primer término ha hecho un ejercicio abusivo de su derecho al ingresar a la encrucijada a elevada velocidad, sin tomar las precauciones pertinentes y extremar los cuidados que la circulación vial impone..." (Se tuvo en cuenta, además, la declaración testimonial de B. Teruel describiendo que "el auto venia bastante rápido, la bici cruzó y ahí vi justo cuando lo choco el auto a la bici.")
- Sobre la relación de causalidad y la compatibilidad de las lesiones: "Asimismo tengo por acreditada la relación de causalidad adecuada entre el suceso y las lesiones padecidas por el actor al advertir que, según el curso natural y ordinario de las cosas, las lesiones que da cuenta la atención médica a el brindada el mismo día del hecho en el "Hospital Italiano" ... son compatibles con el impacto investigado y su potencialidad dañina."
- Sobre la cuantificación de daños (extractos de pericia y liquidación): "De la pericia médica ... se determina que el actor presenta, a raíz del accidente una incapacidad Física, parcial y permanente del 12.78 % de la T.V...." "Por todo lo expuesto, encuentro ajustado a derecho autorizar un resarcimiento, para enjugar las lesiones y secuelas físicas incapacitantes reseñadas de pesos diecinueve millones ciento setenta mil ($ 19.170.000,00)." "Autorizo para el menoscabo psíquico la suma de pesos cuatro millones quinientos mil ($ 4.500.000,00)." "Autorizo para sufragar la terapia la suma de pesos un millón quinientos sesenta mil ($ 1.560.000,00)." "Fijo por gastos de atención médica, medicamentos, traslados etc., la suma de pesos setecientos cincuenta mil ($ 750.000,00)." "En función de lo expuesto fijo para esta particular partida [daño moral] la suma de pesos cinco millones ($ 5.000.000,00)."
- Bloque dispositivo (fallo): "1°) HACIENDO LUGAR a la demanda por daños y perjuicios entablada por AMARILLA JULIÁN AGUSTÍN contra MARTÍNEZ GONZALO SEBASTIÁN. 2°) CONDENANDO al accionado a abonar la suma total de $30.980.000,00.
- (Pesos treinta millones novecientos ochenta mil) con más los intereses ... en el plazo de diez días de quedar firme o ejecutoriada esta sentencia... 3°) IMPONIENDO las costas al demandado vencido. ... 5°) HACIENDO EXTENSIVA la condena a ATM COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., con el alcance señalado en el considerando VI de la presente."
- Votos en disidencia: No corresponde (sentencia de un Juzgado de Primera Instancia, sin votación colegiada).

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