Logo

ARCA c/ GARCIA ROBERTO JULIAN s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex AFIP) promovió ejecución fiscal por capital adeudado de $12.242.069,55. El Juzgado Federal ordenó el remate y continuó la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital, intereses, gastos y costas, con regulación de honorarios conforme normativa aplicable.

Costas Honorarios Ejecucion fiscal Afip Remate Arca Ley 11.683 Apercibimiento art.41 cpccn 55 Decreto 65/05 Capital $12.242.069


¿Quién es el actor?

FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).

¿A quién se demanda?

GARCIA ROBERTO JULIAN.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de un crédito fiscal (capital reclamado de $12.242.069,55), intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga del pago íntegro del capital reclamado de $12242069.55, más intereses, gastos y costas. Además, se instruyó aplicar el procedimiento de regulación de honorarios previsto en la ley 11.683:92, Decreto 65/05 y disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP, y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Se ordenó registrar y notificar por Secretaría a la actora, quedando a su cargo notificar a la contraria, y disponer la publicación conforme a la Acordada CSJN N° 10/2025.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -GARCIA ROBERTO JULIAN-, íntegro pago del capital reclamado de $ 12242069.55, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución es única y firmada por la Jueza de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar