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ARCA c/ LOPEZ JESSICA AILIN s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por el Fisco Nacional (ARCA) contra LOPEZ Jessica Ailín por deuda tributaria. El Juzgado Federal declaró la causa de remate y ordenó llevar adelante la ejecución hasta que ARCA obtenga el íntegro pago del capital reclamado de $6.117.501,95, más intereses, gastos y costas, con regulación de honorarios conforme normativa aplicable.

Regulacion de honorarios Sentencia de primera instancia Ejecucion fiscal Afip Remate Deuda tributaria Juzgado federal Arca Apercibimiento art.41 cpccn 95 $6.117.501


¿Quién es el actor?

FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).

¿A quién se demanda?

LOPEZ Jessica Ailín.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de deuda tributaria; se solicita remate de bienes y ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado, intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora ARCA obtenga del demandado el íntegro pago del capital reclamado de $6117501.95, sus intereses, gastos y costas. Además se dispuso la regulación de honorarios conforme la ley 11.683, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP, y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. La actora será notificada por Secretaría y queda a su cargo notificar a la contraria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -LOPEZ JESSICA AILIN-, íntegro pago del capital reclamado de $ 6117501.95, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el pronunciamiento.

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