SANCHEZ NORA HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora planteó inconstitucionalidad y pedidos de reajuste de haberes previsionales frente a ANSES por la metodología de actualización y la movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el artículo 3 de la Ley 27.426 para remuneraciones entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009 (ordenando usar el ISBIC) y ordenó reajustar la prestación a enero de 2021 por la diferencia con los decretos aplicados, difiriendo para ejecución la evaluación de la Ley 27.609 y de los “bonos” o refuerzos.
¿Quién es el actor?
Sánchez Nora Haydée.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — impugnación de la metodología de actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), inconstitucionalidad de leyes y decretos de movilidad (Ley 27.426, Ley 27.609, Ley 27.541 y decretos), y solicitud de reajuste de haberes y liquidación de diferencias por decretos de emergencia.
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia apelada; se declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009 debiendo utilizarse el índice ISBIC; se ordenó al organismo que reajuste la prestación del actor a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y lo que hubiera correspondido con la ley suspendida 27.426, únicamente para enero y febrero de 2021; se diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y de la incorporación de bonos/refuerzos; se confirmó lo resuelto en lo demás; se impusieron costas de alzada a la demandada y se regularon honorarios de la representación letrada del actor en el 30% de lo fijado en la instancia anterior (más IVA si corresponde).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por lo expuesto, voto por revocar lo resuelto en instancia de grado, en estos términos, y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el índice ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos “Elliff” y “Blanco”."
"Consecuentemente, en los autos “Berardi” se ha determinado aplicar el índice empleado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Badaro” del 26 de noviembre de 2007 (índice de salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06), ello a fin de evaluar si existe, o no, una disminución confiscatoria al comparar el haber de Caja con el resultado obtenido al reajustar la Prestación Básica Universal (PBU)."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
- Disidencias o adhesiones relevantes: El Dr. Juan A. Fantini adhirió al voto preopinante con la salvedad de lo resuelto en torno a la Ley 27.541 (señala su discrepancia respecto de ese punto), mientras que el Dr. Walter F. Carnota adhirió al voto que encabeza el decisorio. No consta voto en disidencia que modifique el bloque dispositivo final.
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