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SANCHEZ CARLOS HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor contra ANSES por reajustes varios de haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de apelación de la actora, diferenció el cuestionamiento sobre topes para la etapa de ejecución y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas en la forma resuelta.

Costas Recurso de apelacion Honorarios Ejecucion Desierto Anses Topes de haberes Ley 27.423 Ley 27.609 Ley 24.463


¿Quién es el actor?

Sánchez Carlos Héctor.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; cuestionamiento, entre otros, de la aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) y otras cuestiones vinculadas al reconocimiento y liquidación del beneficio previsional (fecha de adquisición del derecho 28/10/22, al amparo de la ley 27.609).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del agravio relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos indicados; y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Se fijaron costas por su orden en la Alzada y se determinaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia): "Las actuaciones a conocimiento de la Sala en virtud de los recursos deducidos por ambas partes contra la sentencia definitiva dictada en la presente causa. La actora no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Surg e que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …'."
- Voto / opinión separada: Se consigna que "El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión" y expone su criterio respecto de la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, señalando que "… resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes..." y proponiendo la declaración de inconstitucionalidad con el alcance indicado en su voto. Esa postura fue consignada por el juez y preservada, pero la decisión final del Tribunal se ajusta al bloque dispositvo transcripto y no a opiniones particulares.

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