ORTIZ CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes de haberes previsionales y PBU frente a ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia, declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y diferió para ejecución el examen de la aplicación de topes de haberes, impuso costas por su orden en la alzada y estableció honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
ORTIZ CÉSAR
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social)
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, en especial revisión y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), inaplicabilidad de retención de impuesto a las ganancias y cuestionamiento de la aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463 y Resolución SSS 6/2009); impugnación de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias en aristas similares; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmó la imposición de costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN si surgieran sumas a favor del actor (o en su defecto en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); costas por su orden en la alzada; y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes ( art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos particulares / disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno a determinadas cuestiones (se consignó su opinión separada sobre la actualización de la PBU y la aplicación de topes conforme a precedentes "Quiroga" y "Actis Caporale"); dicha manifestación fue expresada como opinión reservada y no modifica la decisión mayoritaria que figura en la parte resolutiva.
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