PEREYRA ELVIRA GUILLERMINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora el pago de reajustes varios de prestaciones previsionales y cuestionó la aplicación de topes de haberes y la imposición de costas e impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo consultado y difirió el examen de la aplicación de topes para la etapa de ejecución, imponiendo costas a la vencida conforme al art. 68 CPCCN y las pautas de la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
PEREYRA ELVIRA GUILLERMINA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de beneficio previsional; cuestionamientos sobre la aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463), impuesto a las ganancias y condena en costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue objeto de agravios; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmó la imposición de costas en la instancia de grado a la parte vencida conforme al art. 68 CPCCN y la regla del art. 36 ley 27.423 respecto de su imputación según surjan o no sumas a favor del actor; fijó costas por su orden en la Alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que “…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …”."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión respecto a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto de que la aplicación de topes genere una quita superior al 15%, proponiendo la declaración de inconstitucionalidad en dichos casos; dicha postura fue expresa pero la decisión de la Cámara se adoptó por mayoría y la posición del Dr. Fantini se consignó como opinión reservada.
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