SEMERIA MARIO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste del haber inicial jubilatorio y el pago de retroactividades por cálculos de remuneraciones. El Juzgado hizo lugar a la demanda, ordenó la redeterminación y pago de diferencias desde el 11/10/2020 con intereses y declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 cuando su aplicación provoque una merma superior al 15%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Semeria Mario Oscar.
Demandado: A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Reajuste del haber jubilatorio inicial (recalculo por remuneraciones computadas), aplicación de pautas de movilidad correspondientes y pago de sumas retroactivas con intereses; impugnación de topes máximos y planteos de inconstitucionalidad de normas aplicables.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial según las pautas fijadas en el fallo, y abonar las diferencias retroactivas con intereses desde el 11/10/2020 (dos años previos al reclamo administrativo). Se hizo lugar a la excepción de prescripción conforme art. 82 ley 18.037. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 en cuanto su aplicación produzca una merma superior al 15% respecto de los haberes calculados según lo resuelto. Se impusieron costas a la demandada y se difirió regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes y citas textuales):
1) "La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados."
2) "En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular -de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado por la CSJN en el fallo ... 'Badaro'."
3) "Sentado ello, habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541, entiendo que debe liquidarse a la actora el haber que hubiera correspondido de acuerdo con la ley 27.426 en los mensuales enero y febrero de 2021 y tomarse este último como base para adicionar el índice previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021. Asimismo, se calcularán y abonarán las diferencias entre los montos percibidos y los resultantes de aplicar dichas pautas."
4) "Que por ende, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la mencionada norma [art. 26 ley 24.241] para el caso en que su aplicación conduzca a una merma en el haber jubilatorio de la parte actora que resulte confiscatoria..."
5) "A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses que se calcularán desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..."
(Si existiera disidencia relevante, se consignaría aquí como tal; en este expediente la parte dispositiva expresa la decisión del Tribunal.)
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