J., M. T. c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO DE SALUD
Amparo por cobertura de cirugía de adecuación corporal para persona trans por trasplante capilar; el Juzgado ordenó a Swiss Medical S.A. la cobertura integral (100%) del trasplante capilar FUE ZAFIRO y gastos conexos, al encuadrarlo en el art. 11 de la ley 26.743 y su decreto reglamentario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. M. T. J. (afiliada a Swiss Medical S.A.).
Demandado: Swiss Medical S.A.
Objeto: Cobertura integral (100%) de cirugía correctiva consistente en trasplante capilar con técnica FUE ZAFIRO para feminización facial de primera línea, más honorarios, materiales, internación y recuperación, conforme prescripción médica.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se ordenó a Swiss Medical S.A. brindar la cobertura integral (100%) de la intervención requerida, con costas a la demandada y regulación de honorarios a favor de la letrada patrocinante por 25 UMA ($2.605.500), además de las diligencias administrativas ordenadas en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"El derecho a la identidad de género está expresamente reconocido en el art. 1 de la ley a toda persona, así como al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada."
"ARTICULO 11. — Derecho al libre desarrollo personal. Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa... Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación."
"Señalo que la cirugía correctiva de trasplante capilar con técnica FUE ZAFIRO para feminización de primera línea pretendida en esta acción, se encuentra efectivamente comprendida en el art. 11 de la ley 26.743, ya que no puede ser entendida como 'cirugía estética' ... se trata de un conjunto de prácticas que tienen por fin adecuar el aspecto físico de la actora a su identidad de género autopercibida, para garantizar el derecho al libre desarrollo personal."
Además, el tribunal sostuvo la procedencia del amparo por tratarse de una tutela idónea frente a la posible lesión del derecho a la salud y la autonomía personal, citando el carácter no taxativo del listado de intervenciones del decreto 903/2015 y la obligación de inclusión en el PMO conforme a la ley 26.743. No hubo votos en disidencia.
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