JATEMLIANSKY, URIEL c/ DANA, DANIEL ENRIQUE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
Reclamaron daños y perjuicios por choque rear-end ocurrido el 23/10/2023; se discutieron privación de uso, desvalorización venal e intereses. La Cámara modificó únicamente el modo de liquidar los intereses respecto de los “daños materiales” y confirmó el resto del pronunciamiento; además impuso las costas de alzada en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Uriel Jatemliansky.
¿A quién se demanda?
Daniel Enrique Dana (con citación en garantía de Galeno Seguros S.A.).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido el 23/10/2023, con reclamos por privación de uso, desvalorización venal y daños materiales (intereses).
¿Qué se resolvió?
Se modificó el modo de liquidar los intereses para los “daños materiales” conforme al punto III) del fallo; en todo lo demás objeto de agravios se confirmó la sentencia de primera instancia; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"La a quo dispuso que los intereses se liquiden a una tasa del 8% anual desde el siniestro hasta la sentencia y, desde ese momento y hasta el efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
"Por dichas decisión, alzó sus quejas la parte actora. Cuestionó la aplicación de la tasa pura del 8% y pidió que sea reemplazada por la tasa activa del Banco Nación."
"Diferente supuesto ocurre con los 'daños materiales', que quedaron cuantificados a la fecha de la pericia mecánica. Postulo, entonces, que la tasa pura del 8% rija desde el hecho hasta el referido informe del 18/05/2025 y, desde ahí en adelante, a la tasa activa dispuesta en la anterior instancia. De esta manera, se otorga satisfacción -aunque sea parcial
- a las quejas del actor."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; ambos jueces (Benavente y González Zurro) adhirieron al acuerdo que modifica la forma de liquidar intereses para daños materiales y confirma lo demás.
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