PELAEZ, WALTER MARTIN c/ DELALOYE, CESAR RUBEN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito entre una moto y un vehículo en intersección. El Juzgado civil hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a César Rubén Delaloye a pagar $39.716.400 más intereses, por haber violado la prioridad de paso; la aseguradora queda sujeta a la garantía en los términos del art. 118.
¿Quién es el actor?
Walter Martín Peláez.
¿A quién se demanda?
César Rubén Delaloye; citada en garantía: La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada.
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 21/12/2013 en la intersección de Acevedo y Loyola, donde la motocicleta del actor (Yamaha YBR 501-JDH) fue colisionada por el automóvil Citroën Berlingo (MRT-544) conducido por Delaloye. Se reclamó $510.000 (en el escrito inicial) y se solicitaron varios rubros indemnizatorios (incapacidad, daño moral, gastos, daños materiales).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a César Rubén Delaloye a abonar a Walter Martín Peláez la suma de $39.716.400, con más intereses a liquidarse desde el 21/12/2013 en la forma indicada en el considerando VI; “La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada” queda sujeta al pronunciamiento en los términos del art. 118 de la ley 17.418; se regulan honorarios de letrados, peritos y mediadora conforme el detalle del fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "De acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional de Tránsito (24.449), ... La misma ley, establece que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha (art. 41)."
2) "En consecuencia, forzoso es concluir que el Sr. Delaloye violó la prioridad de paso que le asistía al Sr. Peláez en el cruce, provocando así la colisión y -en definitiva
- el accidente de autos."
3) "Por ello, y considerando la orfandad probatoria de las emplazadas a quienes correspondía demostrar la existencia de alguna circunstancia eximente, ... deberá el demandado César Rubén Delaloye responder por los daños y perjuicios que resulten acreditados (conf. arts. 505, 1067/9, 1078, 1083, 1113 y concordantes del Código Civil)."
4) Sobre cuantificación: "fijo por las secuelas psicofísicas incapacitantes comprobadas pericialmente la suma de pesos veintiséis millones ($26.000.000) y por el tratamiento psicológico aconsejado la suma de pesos cuatrocientos ochenta mil ($480.000) ... estimo prudente fijar para este rubro [daño moral] la suma de pesos trece millones ($13.000.000) ... por esta partida la suma de pesos cien mil ($100.000) [gastos] ... por daños materiales ... la suma de pesos ciento treinta y seis mil cuatrocientos ($136.400)."
5) Dispositivo final (transcrito también en la sección 0): "Haciendo lugar parcialmente a la demanda... condeno a César Rubén Delaloye a abonar a Walter Martín Peláez la suma de pesos treinta y nueve millones setecientos dieciséis mil cuatrocientos ($39.716.400)..."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el texto analizado.
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