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OSUNA, CARLOS JAVIER c/ BRUMONT S.A. s/ OTRAS DILIGENCIAS

El demandado apeló la regulación de honorarios profesionales en el marco de un proceso laboral. La Cámara de Apelación en lo Laboral confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la regulación de honorarios por la medida cautelar es independiente y razonable.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Medida cautelar Proporcionalidad Razonabilidad Proceso laboral Embargo preventivo Derecho a la retribucion Ley 6767

Actor: Osuna Carlos Javier Demandado: Brumont S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó el decreto de regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Ley 6767 no supedita la regulación independiente de honorarios a que la actuación tramite mediante incidente separado, ni exige que constituya un proceso accesorio autónomo. Lo relevante es que exista una actividad profesional diferenciable y susceptible de valoración económica propia." "El trabajo intelectual de peticionar, fundar y obtener la medida ya fue perfeccionado por lo que el derecho a la retribución permanece incólume bajo el art. 4 de la ley arancelaria." "La regulación practicada por el embargo ordenado no se advierte desmesurada ni exorbitante, en tanto se encuentra por debajo de los montos mínimo y máximo de la escala arancelaria."

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