LOPEZ SIVILAT, ARTURO RAFAEL c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por un jubilado contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. El Juzgado Federal admitió el allanamiento de la demandada, declaró inconstitucionales las normas impugnadas, ordenó la suspensión de descuentos por impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional y la restitución de las retenciones de los últimos cinco años con interés según la tasa pasiva promedio del BCRA.
¿Quién es el actor?
LOPEZ SIVILAT, ARTURO RAFAEL (parte actora, jubilado).
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) — antes AFIP.
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra diversas normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias y sus modificatorias; se reclamó que la demandada se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional y la devolución de las retenciones de los últimos años con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el allanamiento de ARCA y, en consecuencia, se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada abstenerse de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto (conforme al precedente "García" de la CSJN). Además, se ordenó restituir las sumas retenidas en los cinco (5) años previos a la interposición de la demanda o del reclamo administrativo, con aplicación del interés de la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central desde la fecha en que cada suma fue retenida. Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios de 10 UMA a favor de la asistencia jurídica de la parte actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"De los términos de la presentación realizada por la accionada, surge que dicha parte se ha allanado en forma real, incondicionada, oportuna y total a la pretensión de la parte actora, por lo que corresponde admitir el allanamiento formulado."
"Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente “García” de la CSJN."
"Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado... A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución se dictó en virtud del allanamiento de la demandada.
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