ARCA c/ GRANJA MASOVO S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por ARCA (Ex AFIP) contra GRANJA MASOVO S.A.S. por $13.586.302,18. El Juzgado declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para ejecutar hasta cobrar ese capital más intereses y ordenó costas a la demandada, con liquidación administrativa de honorarios y medidas de aseguramiento complementarias.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.), titular de la acción ejecutiva fiscal.
¿A quién se demanda?
GRANJA MASOVO S.A.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $13.586.302,18 según la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra GRANJA MASOVO S.A.S., habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital de $13.586.302,18 más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada y se pautaron reglas para la liquidación de la deuda, la imputación de fondos y la posible inhibición general de bienes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..."
"RESUELVO: I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a GRANJA MASOVO S.A.S., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $13586302.18, con más sus intereses legales. II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN).... V.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos practicará la liquidación de la deuda, la que será notificada administrativamente junto a la presente haciendo saber al demandado que podrá impugnarla en el plazo de cinco (05) días ante este Tribunal (art. 92 y cc. de la Ley 11.683 y sus modificatorias)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la resolución es dictada por el Juzgado Federal de Córdoba 2.
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