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LAZARTE DANIELA MARINA C/ DEL VALLE USAI ERIKA ESTEFANIA y otro/a S/ DESPIDO

La actora reclamó por despido y arribó a un acuerdo conciliatorio por indemnización. El Tribunal homologó el acuerdo por $7.000.000 a favor de Daniela Marina Lazarte, impuso costas a la demandada, eximió condicionalmente de la tasa de justicia por mayoría y reguló honorarios y peritos.

Costas Regulacion de honorarios Despido Homologacion de acuerdo L.c.t. Tribunal del trabajo n?2 (mar del plata) Indemnizacion $7.000.000 Eximicion tasa de justicia (condicionada) Honorarios abogados $1.400.000 Honorarios peritos $490.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Daniela Marina Lazarte. Demandado: Erika Estefania del Valle Usai y Víctor Daniel Aguirre. Objeto: causa por despido; se presentó pedido de homologación de acuerdo conciliatorio que revalida suma indemnizatoria. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio en los términos presentados, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) a favor de la actora y a cargo de las demandadas; costas a cargo de la demandada; eximición de la tasa de justicia condicionada al cumplimiento puntual del acuerdo (resolución por mayoría); regulación de honorarios de letrados y peritos conforme al monto del acuerdo y demás pautas indicadas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia, partes más relevantes): "1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la presentación efectuada por las partes en HOMOLOGACION
- SOLICITA (246500516008062966), en los términos allí referenciados. De conformidad a lo acordado, se revalida la suma total de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) a favor de la parte actora DANIELA MARINA LAZARTE y a cargo de la parte demandada ERIKA ESTEFANIA DEL VALLE USAI y VICTOR DANIEL AGUIRRE, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada." "2) Eximir
- por mayoría
- de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057)." "3) A los fines de la regulación de honorarios de letrados y peritos se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase por todos los trabajos realizados y de acuerdo a las etapas cumplidas los honorarios del Dr. LEONARDO ROMAN DI MASSIMO en la cantidad de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000) ... Dr. LAUREANO IGNACIO SALA en la cantidad de 26,29 JUS equivalentes al día de la fecha a ($1.400.000) ... Regúlase los honorarios del Perito CPN. JORGE LUIS BATTISTESSA en PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($490.000) ... PERITO EN INFORMATICA ALEJANDRO GASTÓN BARRIENTOS en PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($490.000)."
- Votos y mayoría relevante: La Dra. Slavin propuso homologar y eximir condicionalmente la tasa; la Dra. Sallette adhiere con igual alcance; la Dra. Bartoli adhiere a la homologación pero votó en contrario respecto de la eximición de la tasa de justicia. Por mayoría se adoptó la eximición condicionada tal como propone la Dra. Slavin.

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