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MALAGA FRANCISCO C/ MG POSTAL S.R.L. Y OTROS S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Ejecución de sentencia por pago de capital e intereses por $440.000 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó a las ejecutadas a abonar $529.964,15 (capital $440.000,00 e intereses $89.964,15) y a pagar las costas y gastos procesales.

Intereses Costas Ejecucion Tasa de justicia Deudores solidarios Pago de condena Ley 15057 Notificacion por cedula. Cpcc (arts. 549 y concs.) Honorarios (1 jus + 10%)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El ejecutante, promovido en autos por la letrada Dra. FERNANDEZ LUCIANA (nombre del ejecutante no consignado en el extracto). Demandado: M.G. POSTAL S.R.L., REGET-M3 S.R.L. y MONTOVI ANDRES. Objeto: Ejecución del capital de condena impago fijado en la sentencia definitiva de fecha 24.10.25 por la suma de $440.000,00 más los intereses devengados. Decisión: Proceder a la ejecución y condenar a las ejecutadas al pago del capital e intereses por un total de $529.964,15; imponer las costas a las ejecutadas; regular honorarios de la Dra. Fernández Luciana en 1 JUS más el 10% legal; y exigir el pago de la Tasa de Justicia ($1.979,21) y su contribución ($98,96) en diez días.
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes; mantener lenguaje del tribunal): "Que la letrada Dra. FERNANDEZ LUCIANA promueve la ejecución del capital de condena impaga, la cual asciende a la suma de $440.000,00 (CUATROCIENTOS CUARENTA MIL) determinada en la sentencia definitiva delos autos principales de fecha 24.10.25.-" "Que por aplicación al principio de los arts. 60 y 89 de la ley 15057, 549 y concs. del CPCC debe declararse procedente la ejecución mandando llevar adelante la misma, hasta hacerse íntegro pago al ejecutante del capital más los intereses devengados.-" Bloque dispositvo final (transcripción): "MANDAR a llevar adelante la ejecución en los términos de los arts. 60, 89 de la Ley 15057, 549 y concs. del C.P.C.C., hasta el íntegro pago al ejecutante del capital de condena ($440.000,00) con más los intereses devengados desde que los mismos fueron exigibles (24.10.25) hasta el presente ($89.964,15), calculados con arreglo a la tasa pasiva digital que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires y por lo tanto condenar a las ejecutadas M.G. POSTAL S.R.L., REGET-M3 S.R.L.y MONTOVI ANDRES a abonar al ejecutante la suma total de pesos $529.964,15.
- en concepto de capital e intereses.
- (conf. arts. 7, 768 inc. "c", 772 y concs., Cód. Civ. y Com. y 7 y 10, ley 23.928; doctr. causas B. 62.488, "Ubertalli", sent. de 18-V-2016; C. 119.176, "Cabrera" y L. 109.587, "Trofe", sents. de 15-VI-2016 y posteriores) .-" "IMPONER las costas a las ejecutadas por resultar vencidas (Art. 24 ley 15057).-" "REGULAR los honorarios de la Dra. FERNANDEZ LUCIANA, ... en la suma de 1 JUS con más el 10% que determina el art. 2º de la ley 10.268 (arts. 34 y concs. de la ley 14967).-" "Hacer saber que los montos correspondientes a la Tasa de Justicia y su contribución ascienden a la suma de $1.979,21 y $98,96 , respectivamente, sumas que la demandada deberá cancelar en el término de DIEZ DIAS ..."
- Observaciones procedimentales relevantes: Las ejecutadas fueron notificadas mediante mandamientos; no opusieron excepción de pago documentado en término; intereses calculados conforme a la tasa pasiva digital del Banco Provincia; regulación de honorarios sujeta a notificación conforme art. 54 ley 14967.

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