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GIMENEZ MIGUEL ALEJANDRO C/ COPACKING S.A. S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido reclamando registración y recategorización, más rubros indemnizatorios. El Tribunal rechazó la demanda por no quedar probadas la fecha de ingreso y la categoría alegadas, acreditándose el pago de la liquidación final y ordenando el desglose y entrega de la certificación de servicios.

Prueba testimonial Pericia contable Rechazo de la demanda Costas en el orden causado Despido Recategorizacion Registracion posdatada Art. 375 cpcc 75 Art. 80 lct (certificacion de servicios) Liquidacion final $496.805

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) Miguel Alejandro Giménez.
- A quién se demanda (Demandado) Copacking SA.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Reivindicación de la real fecha de ingreso (alegada 15/4/2019 frente a registración posterior), recategorización (operario calificado), y consecuentes rubros indemnizatorios/remuneratorios por despido.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Rechazar la demanda en todas sus partes; imponer costas en el orden causado; ordenar el desglose y entrega al actor de la certificación de servicios agregada al pleito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en idioma original): "Probada está la relación laboral habida entre los contendores; según el informe pericial contable (Cdor. Cestari, 26/3/2025) la fecha de ingreso fue el 1/8/2020, la de egreso el 30/10/2023, y la categoría operario
- operador de máquinas y montadores. Tanto la data de entrada como la categoría fueron tachadas de inexactas por Giménez, quien afirmó en demanda que su incorporación sucedió el 15/4/2019 y que la categoría que le atañe -según su tesitura
- era la de operario calificado. ... De tal modo las cosas, no habiéndose probado, por parte del requirente, los presupuestos esenciales y de hecho en el que fundó su reclamo, y acreditado el pago de la liquidación final correspondiente, corresponde desestimar la demanda en todas sus partes (arts. 375 CPCC y 89, ley 15057; art. 726 Código Civil y Comercial; Gentile, Elsa: "La prueba en los procesos laborales", Nova Tesis, 2015, pág. 97; Babio, Alejandro: "Teoría y técnica probatoria en el proceso laboral", librería Editora Platense SRL, 1998, pág. 65) lo que propicio al Acuerdo." "La pericia contable, incuestionada, dejó en claro que la liquidación final fue abonada al actor (Anexo I, 26/3/2025) por un total de $496.805,75; asimismo, luce agregado con el responde la certificación del art. 80LCT, la cual deviene correcta conforme la solución del litigio, debiendo ordenarse su desglose y entrega al interesado."
- Observaciones sobre el acuerdo y votación: El voto inicial del Dr. Aparisi expuso la valoración probatoria que motivó el rechazo y propuso la decisión; Dra. López y Dr. Toyos adhirieron al sufragio inicial. El bloque dispositivo final del Tribunal resolvió rechazar la demanda e imponer costas en el orden causado y ordenar el desglose y entrega de la certificación, conforme lo votado por mayoría.

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