Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LACAMPAGNE NORA BEATRIZ S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal apremio contra LACAMPAGNE NORA BEATRIZ por deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON 0/100 ($1.049.233,00) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.

Costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Honorarios diferidos Fisco provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida del derecho por inactividad Cpcc arts. 540/549/556 Lacampagne nora beatriz.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: LACAMPAGNE NORA BEATRIZ. Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) por capital reclamado de $1.049.233,00 más intereses devengados conforme el art. 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada efectúe el pago íntegro del capital reclamado y los intereses; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor LACAMPAGNE NORA BEATRIZ haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON 0/100 ($1.049.233,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno." "I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
- Observaciones procesales relevantes: Se tuvo por constituido domicilio procesal de la demandada en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406). Notifíquese conforme art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA a la dirección electrónica indicada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar