FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MUOLLO CLAUDIO VALENTIN S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial por una deuda fiscal por $2.344.815,20 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro y condenó en costas a la parte demandada por no oponer excepciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Muollo Claudio Valentín.
Objeto: Ejecución/apremio provincial por el capital reclamado de Pesos DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON 20/100 ($2.344.815,20) más los intereses que se devenguen conforme el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se manda llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
I. "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
II. "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MUOLLO CLAUDIO VALENTIN haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON 20/100 ($2.344.815,20) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
- Notificaciones y registros: Se tuvo por constituido domicilio procesal en los estrados del Juzgado y se ordenó notificar conforme art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA al 27237103772@notificaciones.scba.gov.ar.
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