Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ COMERCIAL SUD SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL INMOBILIARIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra COMERCIAL SUD S.A. por deuda fiscal. El Tribunal ordenó ejecutar el pago de $142.487,70 más intereses desde el 21/03/2023 y declaró la pérdida del derecho a oponer excepciones por parte de la demandada.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Costas a la vencida Ley 13.406 Fisco de la provincia de buenos aires 70 Codigo procesal civil y comercial (cpcc) Perdida de derecho a oponer excepciones Intereses (art. 104 codigo fiscal) Constituciondomicilio procesal Deuda fiscal $142.487

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: COMERCIAL SUD SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL INMOBILIARIA. Objeto: Ejecución/apremio provincial por capital reclamado de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SETENTA ($142.487,70) más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se ordenó su continuado hasta el pago íntegro del monto reclamado con aplicación de intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (21/03/23). Se impusieron las costas a la vencida y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Habiendo sido la demandada COMERCIAL SUD SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL INMOBILIARIA intimada de pago en el domicilio de calle Florida Nº 375, Piso 8°, Dpto.'D' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada COMERCIAL SUD SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL INMOBILIARIA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SETENTA ($ 142.487,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 21/03/23
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 23/03/23, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar