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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LORENZO ALBERTO FELIPE y otro/a S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Lorenzo y Cisilino por deuda fiscal. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados abonen $1.285.570,50 con intereses según el art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la vencida.

Ejecucion Deuda fiscal Apremio provincial Mandamiento de notificacion Costas a la vencida Ley 13.406 Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal 50 Constitucion de domicilio en estrados. $1.285.570

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: LORENZO, ALBERTO FELIPE y CISILINO, ROMINA. Objeto: Pago del capital reclamado por deuda fiscal por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.285.570,50) más intereses. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución contra los demandados hasta el pago íntegro del capital reclamado y aplicación de intereses según el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (07/04/22) hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la vencida; se difirió regulación de honorarios; se constituyó domicilio en los estrados por apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes tal como consta en la sentencia): "Habiendo sido los demandados LORENZO, ALBERTO FELIPE y CISILINO, ROMINA intimados de pago en el domicilio de calle Rivera, Pedro I. Dr. Nº 5088, Piso 1°, Dpto.'B' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamientos digitales adjuntos) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados LORENZO, ALBERTO FELIPE y CISILINO, ROMINA hagan íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.285.570,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 07/04/22
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 13/04/22, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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