Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MOLFINO GABRIEL Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar capital adeudado de $1.086.633,20 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta el pago íntegro, impuso las costas a la parte demandada y difirió la regulación de honorarios.

Costas Ejecucion Apremio provincial Trance y remate 20 Ley 13.406 Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Domicilio procesal constituido Ley 10.397. Deuda fiscal $1.086.633

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Molfino Gabriel y Ripa Norma Beatriz. Objeto: Pago íntegro del capital reclamado por Pesos UN MILLÓN OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($1.086.633,20), con aplicación de los intereses previstos por el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (03/07/2026) hasta su efectivo pago; ejecución de trance y remate. Decisión: Se hizo lugar a la petición actoral; se manda continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con los intereses; se imponen las costas a la parte demandada y se difiere la regulación de honorarios; se constituye domicilio procesal de la demandada en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes tal como aparecen en el fallo): "AUTOS Y VISTOS: Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406." "FALLO: 1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto MOLFINO GABRIEL y RIPA NORMA BEATRIZ haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLÓN OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($1.086.633,20), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (03/07/2026) y hasta su efectivo pago." "2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967)." "3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar