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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ COLOMBO ARACELI MYRIAM ELIZABETH S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal y solicitud de remate por deuda tributaria. El Tribunal ordenó continuar la causa de trance y remate y mandó ejecutar hasta el pago de PESOS 1.397.871,20 más intereses, imponiendo las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Intimacion de pago Deuda tributaria Costas al vencido 20 Ley 13.406 Art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Notificacion ministerio de ley Remate / trance Monto $1.397.871

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: COLOMBO ARACELI MYRIAM ELIZABETH. Objeto: Ejecución fiscal con remate por deuda impositiva por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 20/100 ($1.397.871,20) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto la demandada efectúe el pago íntegro del capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas al vencido; se diferenció la regulación de honorarios para oportunidad legal pertinente; se ordenaron las notificaciones correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literal y en original del tribunal): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.)." "Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.)." Dispositivo final: "I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, COLOMBO ARACELI MYRIAM ELIZABETH haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 20/100 ($1.397.871,20), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).- II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente)." (Fecha del pronunciamiento consignada en el expediente: AZUL, de SEPTIEMBRE de 2026.)

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