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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARQUEZ MARIA MERCEDES S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio provincial contra María Mercedes Márquez por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó a la demandada al pago de $35.750,60 más intereses desde el 28/9/2017, imponiéndole las costas.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Costas al vencido Art. 104 codigo fiscal 60 Notificacion por ministerio legis. Perdida de derecho por no oponer excepciones (art.155 cpcc) Constitucion de domicilio judicial (ley 13.406 art.7) Monto $35.750 Regulacion de honorarios diferida (ley 14.967 art.51)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARIA MERCEDES MARQUEZ. Objeto: Ejecución por deuda fiscal — pago de capital reclamado de Pesos TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 60/100 ($35.750,60) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (28/9/2017) hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta que la demandada pague la suma citada con intereses desde 28/9/2017; se imponen las costas al vencido; se constituye domicilio judicial por artículo 7 Ley 13406 y se dispone notificación por Ministerio Legis.; se difiere la regulación de honorarios para el momento del art. 51 Ley 14.967.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio Fiscal: Calle GRAL. JOSE MARIA PAZ 1156
- Loc. LUJAN, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC).-" "I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MARIA MERCEDES MARQUEZ, haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 60/100 ($35.750,60) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 28/9/2017 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437).-" "II.
- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 31/10/2017, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 28/8/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.-" "III.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al Dr. CRUZ CLAUDIA INES en 27119848976@notificaciones.scba.gov.ar y al accionado en los términos del art.133 del CPCC (cfme art. 13 de la Ley 13.406).-"

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