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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MIGUEL ROBAYNA S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por deuda tributaria provincial por apremio y remate contra Miguel Robayna S.A. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y mandó el pago íntegro de $2.404.260,00 más intereses, con costas, por encontrarse vencido el plazo para oponer excepciones y haberse perdido el derecho a hacerlo.

Costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate 00 Domicilio judicial constituido Perdida del derecho de defensa (excepciones) Intereses desde interposicion $2.404.260 Codigo fiscal ley 10.397 / cpcc ley 13.406

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Miguel Robayna S.A. Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) por deuda resultante del título ejecutivo, por la suma de Pesos Dos Millones Cuatrocientos Cuatro Mil Doscientos Sesenta con 0/100 ($2.404.260,00), más intereses y costas. Decisión: Se ordenó continuar la causa de trance y remate y llevar adelante la ejecución hasta que el ejecutado haga al Fisco el pago íntegro del capital reclamado ($2.404.260,00) con los intereses desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; se impusieron costas; se difirió regulación de honorarios y se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales del fallo): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Lavalle
- Nro. 1655
- Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." "FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Miguel Robayna S.A. haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Dos Millones Cuatrocientos Cuatro Mil Doscientos Sesenta Con 0/100 ($2.404.260,00), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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