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BALDORE PEDRO EUSTAQUIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sucesión ab-intestato de Pedro Eustaquio Baldore; se declara herederos a su cónyuge Alicia del Valle Dominguez y a sus hijos Miriam Natalia, Pedro Eduardo y Lucas Ulises Baldore. El Tribunal accede a la declaratoria de herederos por acreditarse el fallecimiento, el matrimonio y el vínculo filial, cumpliéndose además la publicidad legal y las diligencias registrales.

Codigo civil y comercial Declaratoria de herederos Hijos Conyuge Actuario Mar del plata Sucesion ab-intestato Publicacion de edictos 2426 2433 Arts. 2424 Registro de juicios universales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor:
- Peticionarios: Del Valle Dominguez Alicia; Baldore Miriam Natalia; Baldore Lucas Ulises; Baldore Pedro Eduardo, con patrocinio de la Dra. María Emilia Cosimatti. Demandado:
- El causante: PEDRO EUSTAQUIO BALDORE (fallecido). Objeto:
- Se solicita la declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Pedro Eustaquio Baldore. Decisión:
- Se declaró que por el fallecimiento de PEDRO EUSTAQUIO BALDORE le suceden en calidad de herederos su cónyuge Alicia del Valle Dominguez y sus hijos Miriam Natalia, Pedro Eduardo y Lucas Ulises Baldore; cesó la intervención del Agente Fiscal; se ordenó notificación automatizada y registro.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "RESULTA: a) Que con el certificado acompañado en la presentación de fecha 09/05/2026 se acredita el fallecimiento de PEDRO EUSTAQUIO BALDORE, DNI Nº 13.616.818 ocurrido el día 28 de Julio de 2023 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. b) Que con la libreta de familia acompañada en fecha 28/05/2026 se acredita el matrimonio del causante con Alicia del Valle Dominguez celebrado el día 4 de Octubre de 1978 en la ciudad de Mar del Plata. c) Que con los certificados acompañados en fecha 28/05/2026 se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: Miriam Natalia Baldore, ocurrido el día 21 de Agosto de 1977, Pedro Eduardo Baldore ocurrido el día 9 de noviembre de 1978 y Lucas Ulises Baldore, ocurrido el día 14 de octubre de 1994." "Y CONSIDERANDO: I) Que con los ejemplares y recibos agregados a fecha 03/06/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C. II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario. III) Que a fecha 13/05/2026, 14/05/2026 y 25/08/2026 obran los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos e IPS." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de PEDRO EUSTAQUIO BALDORE, DNI Nº 13.616.818 le suceden en carácter de herederos sus hijos Miriam Natalia Baldore, Pedro Eduardo Baldore, Lucas Ulises Baldore y su cónyuge Alicia del Valle Dominguez, este último en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales. Cese la intervención del señor Agente Fiscal. Notifíquese de manera automatizada al domicilio constituido electrónico por las partes conforme lo previsto por el art. 10 de la Ac. 4013/21 de la SCBA (art. 1 Ac 3991/20 SCBA). Regístrese."

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