GARZON PAULINA SU SUCESION C/ ROCCATAGLIA ALBERTO J.C. Y/O QUIEN RES.PROP N.N Y/O PROP. II-A-110A-21 S/ COBRO EJECUTIVO (EXC.ALQ., ARREND, .EJ. PREND. E HIPOTEC.)
Cobro ejecutivo por U$S 600 en causa de trance y remate. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y convertir el capital reclamado a pesos aplicando la doctrina del esfuerzo compartido (1 peso por dólar más 50% de la brecha con el dólar MEP/Libre o, si resulta superior, el CER), con interés anual del 7,5% desde el 05/07/1996; costas a la parte ejecutada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sucesores de Garzon Paulina.
Demandado: Herederos de Alberto Juan Carlos Roccatagliata; Silvia Elena Salvo Mazzini; Luis Alberto Roccatagliata.
Objeto: Cobro ejecutivo (causa de trance y remate) por capital reclamado en moneda extranjera de U$S 600.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta que la parte ejecutada abone el capital reclamado convertido a pesos conforme la doctrina del esfuerzo compartido (1 peso por dólar más 50% de la brecha con la cotización del mercado libre tipo vendedor del día de pago, salvo que el CER arroje resultado superior, en cuyo caso aplicarse éste), con una tasa de interés anual del 7,5% no capitalizable desde la mora (05/07/1996) hasta el efectivo pago. Costas a la parte ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"No habiendo la parte ejecutada Silvia Elena Salvo Mazzini y Luis Alverto Roccatagliata opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.
Asimismo téngase presente el desistimiento efectuado, respecto de Alicia Ethel Roccatagliata y los co-demandados indeterminados 'y/o quien resulte propietario y/o poseedor a titulo de dueño'.
Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 540 y cc. del CPCC.
RESUELVO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada herederos de (ALBERTO JUAN CARLOS ROCCATAGLIATA) SILVIA ELENA SALVO MAZZINI Y LUIS ALVERTO ROCCATAGLIATA hagan a la parte acreedora SUCESORES DE GARZON PAULINA, íntegro pago del capital reclamado en moneda extranjera de U$S 600; el que, por aplicación de la doctrina del esfuerzo compartido que postula la Suprema Corte de Justicia bonaerense como doctrina legal obligatoria, entiendo que corresponde convertir a pesos, a razón de un peso por dólar estadounidense adeudado, más el cincuenta por ciento (50 %) de la brecha existente entre un peso y la cotización de la mencionada divisa extranjera en el mercado libre de cambio tipo vendedor del día que corresponda efectuar el pago; salvo que la utilización del coeficiente de actualización de referencia (CER), previsto en las normas de emergencia económica, arroje un resultado superior; en cuyo caso habrá de aplicárselo, y en cualquiera de ambos casos, con más una tasa de interés anual del siete y medio por ciento (7,5 %) no capitalizable -y por todo concepto-, desde la fecha en que se produjo la mora: 05/07/1996 y hasta el efectivo pago (cfr. SCBA, in re: 'Rechou, Diego contra Czyzyk, Norma Lidia s/Ejecución Hipotecaria' (causa C 94.032); 'Inalpa Industrias Alimenticias Pavón Arriba S.A. contra Litovich, Héctor Fabián y otro s/Ejecución Hipotecaria' (causa C 94.032) e 'International Trade Logistic S.A. contra Tevycom Fapeco S.A. s/Incidente de Revisión en autos: Tevycom Fapeco S.A. s/Concurso Preventivo' (causa C 93.176); todas ellas de fecha 29 de diciembre de 2008).-
Costas a la parte ejecutada al resultar vencida (arts. 68 y 556 del CPCC).-"
(Se consignan además las referencias procesales: art. 540 y cc. del CPCC; y la aplicación de la doctrina del esfuerzo compartido de la SCBA como fundamento para la conversión y actualización.)
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