NAVARRETE MARIA FLORENCIA C/ ACOSTA ROBERTO JAVIER S/ COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo por acuerdo de mutuo por $36.000 y costas. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital y morigeró la tasa de interés aplicable, fijando punitorios según la tasa activa promedio del Banco Provincia y compensatorios al 12% anual; impuso las costas al ejecutado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: NAVARRETE MARIA FLORENCIA.
Demandado: ACOSTA ROBERTO JAVIER.
Objeto: Ejecución por deuda derivada de contrato de mutuo por capital reclamado de $36.000 más intereses y costas.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución promovida, ordenando llevarla adelante hasta que el deudor pague íntegramente el capital de $36.000 más intereses calculados según la regla fijada; se impusieron las costas al accionado vencido; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales):
"I.
- No habiendo la parte demanda comparecido conforme a derecho (art. 56 CPCC) ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fuera intimada de pago en su domicilio de la calle LOURDES N°839 CIUDAD DE PONTEVEDRA, MERLO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES (ver informe de fecha 02/07/2026), según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 116 y 155 del CPCC)."
"II.
- Respecto a los intereses pactados en el contrato de mutuo, resultando los mismos excesivos, corresponde morigerarlos. Consecuentemente, los mismos deben ser liquidados según la tasa activa (promedio de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires), para los punitorios, mas los intereses compensatorios del 12 % anual, cuyo cálculo deberá efectuarse desde la fecha de mora (01/12/2020) y hasta el momento de su efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar.
- cálculo de intereses en línea
- (conf. R.S. NRO. 92 del 24 de Septiembre de 2013)."
"III.
- Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts.556 y 68 del CPCC.)."
FALLO (fragmentos del dispositivo):
"1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por NAVARRETE MARIA FLORENCIA contra ACOSTA ROBERTO JAVIER hasta tanto el deudor le haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $36.000, con más los intereses que se calcularán conforme lo establecido en el considerando segundo.
2) Imponiendo las costas al accionado vencido (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de las leyes 8904 y 14967.-
3) Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts.40 y 41 del CPCC)."
(Otras providencias relevantes:)
"Tiénese por oblada la tasa de justicia."
"REGISTRESE. NOTIFIQUESE la presente al ejecutado 'ministerio legis' (art. 133 CPCC; Cám. Apel. Morón, Sala Segunda, Causa Nro. 58662 RS. 184/2011 'Vicente Ilda C/ López Juan Carlos S/ Ejecución de Honorarios'). La presente se notifica electrónicamente en los términos del art. 10 de la Acordada Nro. 4039/2021
- SCBA."
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