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BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ TOCCACELI MARTIN RICARDO, PUCHE LOPEZ Y CIA. S.A., ALEJANDRO RAUL PUCHE, ADRIANA E S/ EJECUTIVO

Ejecución de pagaré por BANCO CREDICOOP por $14.990 y costas contra los ejecutados. El Tribunal hace lugar a la ejecución, ordena la liquidación de intereses aplicando punitorios según la tasa activa promedio del Banco Provincia y compensatorios al 12% anual desde la mora (22-6-2000), y impone las costas a los accionados vencidos.

Costas Intereses moratorios Ejecucion Pagare Morigeracion de intereses Notificacion ministerio legis Tasa activa banco provincia Intereses compensatorios 12% anual Pesificacion abstracta Deudores solidarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO. Demandado: TOCCACELLI MARTIN RICARDO; PUCHE LOPEZ Y CIA. S.A.; ALEJANDRO RAÚL ENRIQUE PUCHE; ADRIANA LIDIA PUCHE. Objeto: Ejecución de pagaré por la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA ($14.990.-) más intereses. Decisión: Se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados paguen íntegramente el capital reclamado de $14.990 más intereses calculados según las pautas fijadas; se morigeran los intereses pactados y se impone las costas a los accionados vencidos; se constituye domicilio procesal en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "II.
- En cuanto a la pesificación solicitada por los ejecutados, debo decir que a fs. 70 con fecha 11 de Abril del año 2002, la Dra. Silvia Noemí Zoratti en su carácter de letrada apoderada del Banco actor, adecúa la pretensión a PESOS en virtud de la normativa legal vigente a dicha fecha, conforme ello deviene abstracto el tratamiento de la pesificación solicitada por los ejecutados." "III.
- Respecto a los intereses pactados en el pagaré obrante a fs. 12, resultando los mismos excesivos, corresponde morigerarlos. Consecuentemente, los mismos deben ser liquidados según la tasa activa (promedio de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires), para los punitorios, mas los intereses compensatorios del 12 % anual, cuyo cálculo deberá efectuarse desde la fecha de mora (22-6-2000) y hasta el momento de su efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web http://www.scba.gov.ar ... cálculo de intereses en línea
- (conf. R.S. NRO. 92 del 24 de Septiembre de 2013)." Fragmento del fallo dispositvo: "F A L L O: 1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO contra TOCCACELLI MARTIN RICARDO, PUCHE ADRIANA LIDIA Y PUCHE ALEJANDRO RAÚL ENRIQUE hasta tanto el deudor le haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA, ($14.990.-) con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2) Imponiendo las costas al accionado vencido (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de las leyes 8904 y 14967. 3) Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts.40 y 41 del CPCC)."
- Observaciones procesales relevantes: El ejecutado Martín Ricardo Toccaceli y los señores Puche (Adriana y Alejandro) fueron declarados como desistentes de defensa por no haber comparecido ni opuesto excepciones en término, dándose por perdido el derecho que dejaron de usar (art. 116 y 155 CPCC). Se ordenó notificar a Toccaceli "ministerio legis" (art. 133 CPCC). La pesificación solicitada por los ejecutados fue considerada abstracta por haberse adecentado la pretensión del actor a pesos en 2002.

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