BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MORALES ESTEBAN OMAR S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo por $554.265,40. El Tribunal hace lugar a la ejecución y manda llevar adelante la ejecución, reduciendo las tasas de interés conforme al art. 771 del Código Civil y Comercial y morigerando los intereses a las que cobra el Banco en sus operaciones de descuento a 30 días desde la mora hasta su pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, apoderado Dr. Claudio Silvio Conti.
Demandado: MORALES ESTEBAN OMAR.
Objeto: Cobro ejecutivo por capital reclamado de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 40/100 ($554.265,40), correspondiente a crédito por préstamo bancario n° 335-040571391 por $405.900 (mora desde 31/12/2022) y crédito de tarjeta de crédito VISA por $148.365,40 (mora desde 22/06/2023).
Decisión: Se hace lugar a la ejecución: la causa es de trance y remate y se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago del capital reclamado. Se reducen (morigeran) los intereses pactados conforme art. 771 del Código Civil y Comercial, aplicando como tasa de referencia las que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días vigentes en los distintos períodos desde la fecha de mora y hasta su efectivo pago. Las costas se fijarán oportunamente. Se constituye domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fue intimada de pago en el domicilio sito en la calle Felix de Azara N° 1031 de CASTELAR, partido de MORÓN, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)."
"Por ello, conforme con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 548 y 549 del CPCC, FALLO: 1°) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado MORALES ESTEBAN OMAR haga al acreedor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 40/100 ($554.265,40).-"
"2°) En cuanto a los intereses pactados, en uso de la facultad de revisión conferida al Juzgador a los fines de adecuar las tasas de interés a sus justos límites conforme la facultad morigeradora establecida en el art. 771 del Código Civil y Comercial de la Nación, que dispone 'Los jueces pueden reducir los intereses cuando la tasa fijada o el resultado que provoque la capitalización de intereses excede, sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contrajo la obligación.', y considerando la relación de consumo que vincula a las partes, se reducen los mismos, quedando así morigerados los pactados (art. 771 del Código Civil y Comercial de la Nación) a los que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 dias, vigentes en los distintos períodos de aplicación, desde la fecha de la mora (31/12/2022 para el crédito del préstamo bancario n° 335-040571391 por la suma de $405.900 -v. demanda 03/11/2023-, y 22/06/2023 para el crédito de la tarjeta de crédito VISA por la suma de $148.365,40.
- -v. demanda 03/11/2023 y escrito electrónico de fecha 06/09/2026) y hasta su efectivo pago."
"Y las costas del juicio (art. 68 y 556 del CPCC) que se fijarán oportunamente.
- Tiénese a la parte demandada por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado (art. 41 del CPCC). REGISTRESE."
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