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LOTTI JUAN JOSE S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Los herederos impugnaron actuaciones solicitando reposición y que se deje sin efecto la vista al Agente Fiscal. El Tribunal hizo lugar a la reposición, dejó sin efecto la vista al Agente Fiscal y declaró válido en cuanto a sus formas el testamento otorgado por Juan José Lotti con fecha 8/05/2025.

Sucesion testamentaria Incidente Recurso de reposicion Validez de testamento Art. 743 cpcc Testamento abierto (escritura publica) Agente fiscal (vista dejada sin efecto) Escribano sebastian m. dusserre Registro 49 moron Notificacion electronica (art. 10 regl. ac. 4013/2021)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los herederos de Juan José Lotti, por medio de su apoderado Dr. Julio Sergio Santander. Demandado: Sucesión de Juan José Lotti / cuestión sobre validez testamentaria. Objeto: Se interpuso recurso de reposición solicitando que se deje sin efecto la vista al Agente Fiscal y resolución sobre la validez del testamento otorgado por el causante. Decisión: Se hizo lugar a la reposición, se dejó sin efecto la vista al Agente Fiscal ordenada con fecha 9/09/2026 y se declaró válido, en cuanto a sus formas, el testamento otorgado por JUAN JOSE LOTTI con fecha 8/05/2025. Regístrese y notifíquese por medios electrónicos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes extraídos del pronunciamiento): "Asistiendo razón al peticionante, hágase lugar a la reposición interpuesta y déjase sin efecto la vista al Agente Fiscal ordenada en autos con fecha 9/09/2026." "De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal con fecha, 25/08/2026 y lo dispuesto por el art. 743 del CPCC., declárase válido en cuanto a sus formas el testamento otorgado por JUAN JOSE LOTTI, con fecha 8/05/2025, de que instruye el testimonio acompañado en formato PDF al escrito de inicio, por ante el escribano SEBASTIÁN M. DUSSERRE, titular del Registro 49 del partido de Morón, ESCRITURA N° 287, en folio/s de actuación Notarial números BAA019131664 Y BAA019131665. REGISTRESE." "El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Unico, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."

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