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VILTE, GUMERCINDO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por el recálculo y reajuste de su haber jubilatorio y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de Salta rechazó la apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de 20/05/2026 que ordenó el recálculo del haber inicial y diferimientos y pautas de liquidación, imponiendo costas a la demandada.

Costas Inconstitucionalidad Jubilacion Movilidad Anses Reajustes Pbu Isbic Recalculo del haber inicial Ley 27.426


¿Quién es el actor?

Gumercindo José Vilte.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes y recálculo del haber jubilatorio adquirido el 28 de junio de 2017 y actualización/recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), con determinación de pautas de movilidad y topes aplicables; pago de retroactivos desde el 31 de octubre de 2020.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta (Sala II) rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó lo decidido en la sentencia del 20 de mayo de 2026 en cuanto fue materia de agravio; impuso las costas de la Alzada a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 1) "Que vienen las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social en contra de la sentencia del 20 de mayo de 2026 en cuanto hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por el Sr. Gumercindo José Vilte en contra de la Administración y ordenó el recálculo de las prestaciones integrantes del haber inicial actualizando las remuneraciones devengadas hasta el mensual febrero de 2009 según el ISBIC y las posteriores con el índice del art. 2 de la ley 26.417 y sus modificatorias hasta la fecha de adquisición del derecho." 4) "A su vez, lo resuelto concuerda con el criterio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 'Blanco, Lucio Orlando', CSS 42272/2012, sentencia del 18 de diciembre de 2018, donde, por voto mayoritario, se confirmó la aplicación al caso del precedente 'Elliff'... En ese sentido cabe puntualizar que el Máximo Tribunal recordó que desde antiguo había reconocido que la autoridad en materia de seguridad social es la legislativa... 'es el Congreso Nacional ... el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego' (considerando 21)." 5) "En este sentido cabe puntualizar que el Máximo Tribunal recordó... Lo recientemente destacado... obsta por sí solo a la pretensa aplicación de las disposiciones del decreto 807/2016. Empero, además, debe tenerse presente que la ley 27.426 antes citada tampoco puede ser objeto de valoración en la especie, pues resultó promulgada a partir del 28/12/2017, es decir, con posterioridad a la fecha de adquisición del derecho -en el caso, establecida el 28/6/2017-, por lo que tampoco posee incidencia sobre la redeterminación en ciernes." 11) "Que, tampoco habrá de prosperar el cuestionamiento sobre la imposición de costas, pues no se advierten razones para apartarse del principio general en la materia, toda vez que el éxito parcial de la demanda no le quita a la demandada la calidad de vencida en esta acción, ya que efectivamente existió una condena en autos que solo recayó sobre su parte... Así las cosas, procede confirmar lo decido por el juez al respecto."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el Dr. Alejandro Augusto Castellanos no firmó por hallarse en uso de licencia.

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