Legajo Nº 2 - IMPUTADO: ESPINDOLA, CRISTIAN JAVIER s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA
Prórroga de prisión preventiva solicitada por el Tribunal Oral; la Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga por seis meses o hasta la finalización del debate. La Cámara ordenó registrar, notificar, comunicar y remitir al tribunal de origen mediante pase digital.
- Actor (quien solicitó la prórroga): Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín (solicitante de la prórroga).
- Demandado / sujeto de la medida: Cristian Javier Espíndola.
- Objeto de la solicitud: Prórroga de la prisión preventiva por seis meses o hasta la finalización del debate y dictado de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Cristian Javier Espíndola por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero; registró la resolución, ordenó notificar, comunicar (CSJN, Ac. N° 10/2025) y remitir copia al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I. El 4 de septiembre de 2026, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de San Martín resolvió -en lo que aquí interesa-: '1).PRORROGAR POR SEIS (6) MESES LA PRISIÓN PREVENTIVA de [...] CRISTIAN JAVIER ESPÍNDOLA [...] a contar desde su vencimiento (11 de septiembre de 2026) hasta el 11 de marzo de 2027 o la finalización del debate, lo que ocurra primero (art. 1 de la ley 24.390, texto según ley 25.430)'" (el resaltado y las mayúsculas pertenecen al original).
"II. En atención a los fundamentos dados por el tribunal oral, y toda vez que se ha asignado fecha de inicio de debate oral para el día 11 de noviembre del corriente año, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Cristian Javier Espíndola, por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate –a celebrarse
- y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento."
"Por ello, el Tribunal RESUELVE: TOMAR NOTA de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Cristian Javier Espíndola, por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate –a celebrarse
- y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento (art. 1° de la Ley 24390, texto según Ley 25430). Regístrese, notifíquese, comuníquese (CSJN, Ac. N° 10/2025) y remítase al tribunal de origen, mediante pase digital, sirviendo la presente de atenta nota de envío."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el acuerdo.
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