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CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE B C/ FIGUEROA ISABEL ENRIQUETA S/ APREMIO

Ejecución por apremio promovida por la Caja de Seguridad Social para los Psicólogos contra Figueroa por deuda de $978.188,08 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó en costas a la ejecutada, fijando intereses conforme a la tasa pasiva del Banco Provincia desde la mora del 10/03/2025 hasta el efectivo pago.

Costas Deuda judicial Ejecucion por apremio Constitucion de domicilio procesal Intereses tasa pasiva banco provincia 08 Art. 540 c.p.c.c. Mora 10/03/2025 Caja de seguridad social psicologos Difusion de honorarios (ley 14.967 art.51) Montos $978.188

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: FIGUEROA ISABEL ENRIQUETA. Objeto: Ejecución por apremio para cobranza de capital adeudado por la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON OCHO CENTAVOS ($978.188,08) más intereses y costas. Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada efectúe el pago íntegro del capital reclamado más intereses; se impusieron las costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I) Que no habiendo la ejecutada, opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido (ver mandamiento notificado en fecha 10/12/2025 ...); désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 540 del C.P.C.C.).-" "II) Que en relación a los intereses resulta atendible admitir los mismos en el marco de las actuales variables económicas. En tal sentido y a fin de resguardar adecuadamente el crédito de la acreedora, a la suma reclamada, habrá de adicionarse la tasa de interés que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a través del sistema Banca Internet Provincia a treinta días, que por tratarse de una tasa pasiva, no se halla en contraposición a la doctrina legal de la Suprema Corte Provincial, conforme lo señaló el Superior Tribunal en un pronunciamiento aplicable al caso (L 118615, "Zocaro", sentencia del 11
- 3-15). Ello, desde la fecha de la mora 10/03/2025, hasta la del efectivo pago; sujeto a liquidación.-" FALLO (transcripción del dispositivo relevante): "A) MANDANDO llevar adelante la ejecución promovida, hasta tanto la parte ejecutada FIGUEROA ISABEL ENRIQUETA, haga a la acreedora CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado que asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON OCHO CENTAVOS ($978.188,08.-), con más los intereses establecidos en el Considerando II de la presente y hasta la del efectivo pago. B) Imponiendo las costas de la instancia a la parte demandada vencida, difiriéndose la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. C) Tiénese por constituído el domicilio procesal del ejecutado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del C.P.C.C.). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-"

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