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MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ TELECOM PERSONAL S.A. S/ APREMIO

La Municipalidad de Moreno promovió ejecución por apremio contra TELECOM PERSONAL S.A. por deuda comunal. El Tribunal de primera instancia hizo lugar a la ejecución y ordenó el trance y remate por capital reclamado de $35.500 más intereses conforme ordenanzas municipales, imponiendo costas a la demandada.

Apremio Trance y remate Notificacion por ministerio de ley Ejecucion fiscal municipal Municipalidad de moreno Telecom personal s.a. Intereses ordenanzas municipales Dif. regulacion de honorarios Perdida de excepciones (arts. 116 y 155 cpc) $35.500

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE MORENO. Demandado: TELECOM PERSONAL S.A. Objeto: Ejecución por apremio del capital adeudado por tasas/obligaciones municipales certificado por el Municipio, por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CON 0/100 ($35.500,00) más intereses desde la fecha de emisión de la deuda exigible. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se mandó a trance y remate hasta tanto la demandada abone íntegramente el capital reclamado ($35.500) con aplicación de intereses conforme ordenanzas municipales desde el 27/10/2016 hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas de la ejecución a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, manteniendo el lenguaje original del tribunal): "Agréguese el mandamiento acompañado. No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPC). Se deja constancia que la ejecutada fue intimada de pago en el domicilio de la calle BOULEVARD EVITA 34, PISO 1, OF. 101, CASILLERO 2099, MORENO (ver mandamiento agregado el 24/07/2026)." "Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma.Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art. 5 de la dto.-ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 06/12/2026 en las condiciones allí referidas." "FALLO: 1) esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada TELECOM PERSONAL S.A. haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CON 0/100 ($35500.00) a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts. 9 y 10 de la ley 13.406) con la salvedad expuesta en el quinto párrafo; desde el día 27/10/2016 fecha de emisión de la deuda exigible en el Título Ejecutivo adjuntado con fecha 04/12/2016 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas de la ejecución a la demandada vencida(arts. 68 y 556 C.P.C.C.). 2) Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 Ley 14.967). 3) Tiénese al demandado por constituído el domicilio en los estrados del juzgado, notifíquese por ministerio ley (arts. 5, 14 dto.ley 9122/78 y 41, 133 del CPCC). REGISTRESE. NOTIFÍQUESE."

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