SOLARI RUBÉN ANGEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
El actor solicitó la declaratoria de herederos por la sucesión ab-intestato de Rubén Ángel Solari. El Tribunal declaró heredores universales a los cuatro hijos y a la cónyuge sobreviviente respecto de los bienes propios, con citación de normas del NCCC y del CPCC y publicación de edictos con resultado negativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SOLARI SERGIO ARIEL, que presentó escrito solicitando se dicte declaratoria de herederos.
Demandado: la sucesión de RUBÉN ANGEL SOLARI (fallecido).
Objeto: la declaratoria de herederos ab-intestato de Rubén Ángel Solari.
Decisión: Se hizo lugar a lo pedido y se declaró, por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Rubén Ángel Solari le suceden en carácter de universales herederos sus hijos SERGIO ARIEL, LEONARDO MARTIN, GABRIEL HERNAN y LEANDRO RUBEN SOLARI Y EL KHOURY, y su cónyuge HERMINIA MARIA EL KHOURY (esta última heredera en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales). Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del Tribunal):
"1) Que con el certificado de defunción adjunta con fecha 12/06/2026 se acredita la defunción de RUBEN ANGEL SOLARI, ocurrida el 14/11/2017.-
2) Que este había contraído matrimonio con HERMINIA MARIA EL KHOURY, el día 30/03/1967 (ver documentación adjunta con fecha 12/06/2026).-
3) Que de esa unión nacieron SERGIO ARIEL el día 10/05/1968, LEONARDO MARTIN el día 23/08/1971, GABRIEL HERNAN el día 14/08/1973 y LEANDRO RUBEN SOLARI Y EL KHOURY el día 15/03/1984, (ver documentación adjunta con fecha 12/06/2026).-
4) Que con los diarios adjuntos con fecha 08/'7/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa la Sra. Actuaria en este acto.-
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del NCCC (ex 3410, 3545, 3565 y 3570 del C.C. respectivamente) y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de RUBEN ANGEL SOLARI, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos SERGIO ARIEL, LEONARDO MARTIN, GABRIEL HERNAN Y LEANDRO RUBEN SOLARI Y EL KHOURY y su cónyuge HERMINIA MARIA EL KHOURY, a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE.-"
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