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TOMADIN, GABRIEL OSCAR LUIS c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA EX-AFIP) s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra retenciones del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de fecha 18/02/2026 que declaró la inconstitucionalidad de los Arts. 23, 79, 81 y 90 de la Ley 20.628 en lo referido a jubilaciones y ordenó el reintegro quinquenal con intereses calculados según la tasa pasiva promedio del BCRA, imponiendo costas de alzada.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Costas de alzada Accion meramente declarativa Jubilaciones Prescripcion tributaria Tasa pasiva del bcra Precedente garcia Reintegro quinquenal Arca (ex-afip)


¿Quién es el actor?

TOMADIN, Gabriel Oscar Luis.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA
- ex AFIP).
- Objeto de la demanda: acción meramente declarativa de inconstitucionalidad de normas que habilitan la retención del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales; pedido de cese de retenciones y reintegro de sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 18/02/2026 en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada por su orden. En lo sustantivo, se mantuvo la declaración de inconstitucionalidad de los arts. relevantes de la Ley 20.628 en cuanto gravan jubilaciones/pensiones, se ordenó al organismo abstenerse de descontar y comunicar al organismo previsional, y se dispuso el reintegro de las sumas retenidas correspondientes a los cinco (5) años anteriores a la interposición de la acción, con intereses conforme la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central de la República Argentina.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "I.
- La Sra. jueza de primera instancia, en su pronunciamiento del 18/02/2026, hizo lugar a la pretensión del actor y, en consecuencia, declaró con el alcance indicado por la CSJN in re 'García', la inconstitucionalidad de los Arts. 23, Inc. C); 79 Inc. C); 81 y 90 de la Ley 20.628 y cualquier otra norma, reglamento, circular o instructivo que se dictare en consonancia con la citada, en relación a su beneficio previsional. Asimismo, ordenó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA -EX AFIP-), el deber de abstenerse de descontar suma alguna en concepto de Impuesto a las Ganancias ... y a reintegrar al actor los montos que dejó de percibir por aplicación de las normas impugnadas de los cinco (5) años anteriores a la interposición de la acción -02/06/2023-; disponiendo que los intereses por los mismos fueran calculados desde la fecha de inicio de la demanda y hasta su efectivo pago..." "IX.
- En lo que atañe a la protesta de la demandada referida al alcance temporal del reintegro ordenado, se debe indicar ... Por lo tanto, la prescindencia del plazo de prescripción previsto por el Art. 56 de la ley 11.863 importaría una limitación al derecho de los demandantes a percibir las sumas que le fueron descontadas con apoyo en ese tributo declarado inconstitucional, lo cual no sería consistente con el marco de protección especial reconocido por la Corte Suprema en el mencionado precedente 'García'..." "'La acción de repetición de impuestos prescribe por el transcurso de CINCO (5) años', indicando que: 'Prescribirán a los CINCO (5) años las acciones para exigir, el recupero o devolución de impuestos. El término se contará a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha desde la cual sea procedente dicho reintegro' (Art. 56 ... ley 11.683)."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los Dres. Fernández y Salas adhieren al voto del Dr. Morán y el Tribunal acuerda por unanimidad según la parte resolutiva.

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