BOSSINI ANGEL EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de su haber previsional, inclusión de rubros no remunerativos y actualización de la PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó la apelación del actor y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada, limitando la incorporación de sumas no remunerativas hasta la base imponible máxima del art. 9 de la ley 24.241 y confirmando el resto de la sentencia en los términos allí expuestos.
¿Quién es el actor?
Bossini Ángel Eduardo.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional (actualización de remuneraciones para PC, PAP, IB), reclamo de reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), inclusión de sumas no remunerativas en el cálculo del haber, improcedencia de retención de impuesto a las ganancias y cuestiones vinculadas a la movilidad y costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por la parte actora; se hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por ANSeS para disponer que la incorporación de las sumas no remunerativas ya ordenada en el fallo de grado lo sea sólo hasta la base imponible máxima del art. 9 de la ley 24.241 y se confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado en los términos apuntados; se confirmó la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios; se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se otorgue para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "Que en atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
2) "En estas condiciones y en atención a los elementos de prueba incorporadas a las actuaciones, corresponde confirmar lo decidido en el fallo de grado que admitió la pretensión de quien demanda, sólo respecto a los mensuales en los que el monto tomado para el cálculo no ha alcanzado la base imponible máxima dispuesta en el art. 9 de la ley 24241, y estableciendo como límite el indicado en la normativa referida."
3) "Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación deducido por la parte actora; 2) Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la parte demandada y, por ello, a) Disponer que la incorporación de las sumas no remunerativas ya ordenada en el fallo de grado lo sea hasta la base imponible máxima del art. 9 de la ley 24.241 de conformidad al considerando respectivo; y b) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado..."
- Disidencia / observaciones: Se deja constancia de que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no consta voto en disidencia material en el texto dispositvo final.
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