EN - M ECONOMIA (SEC DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO) c/ DIA ARGENTINA SA - EX 46538936/20 Y 51606094/20 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Ministerio de Economía demandó a DIA Argentina S.A. en proceso de conocimiento por cuestión administrativa vinculada a honorarios. La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala III, confirmó los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora por considerar acreditada la naturaleza, monto y eficacia de la tarea profesional.
¿Quién es el actor?
Ministerio de Economía (M Economía, Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo).
¿A quién se demanda?
DIA Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: cuestión vinculada al reconocimiento y liquidación de honorarios de la letrada apoderada de la parte actora en el proceso de conocimiento.
¿Qué se resolvió?
Se confirmaron los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora, Dra. Julia Luz Borzone, en los términos expresados en la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"Teniendo presente la naturaleza, el monto y el resultado del asunto, así como la calidad y la eficacia de la tarea profesional desarrollada en la causa en la etapa cumplida, SE CONFIRMAN los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora, Dra. Julia Luz Borzone (arts. 16, 19, 20, 29 y 44 de la ley 27.423)."
"A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional, se hace constar que —por hallarse vacantes dos cargos de jueces de esta Sala— suscriben la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira y el Dr. Jorge Eduardo Morán; quienes integran este Tribunal en los términos de las acordadas n° 2/26 y 5/26 de esta Cámara, respectivamente."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en la parte dispositiva; la resolución se suscribe por los Dres. José Luis Lopez Castiñeira y Jorge Eduardo Morán.
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