CAMPENNI SANDRA MABEL c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Acción de amparo de una jubilada docente contra ANSeS para que se declare inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 y se reintegren las sumas descontadas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 hizo lugar al amparo, declaró inaplicable el art. 9 para el caso concreto y ordenó a ANSeS liquidar el beneficio y devolver los descuentos dentro de 30 días, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
CAMPENNI Sandra Mabel (mediante apoderado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en ese marco, del art. 9 de la ley 24.463 respecto de su prestación previsional por ser beneficiaria del régimen especial docente (ley 24.016), y la devolución de las sumas retenidas (descuento por art. 9) con más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto y se ordenó a ANSeS que dentro de 30 días liquide el beneficio conforme lo ordenado y devuelva las sumas descontadas con más sus intereses. Se impusieron las costas a la demandada y se diferirá la regulación de honorarios hasta la liquidación aprobada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"De las constancias obrantes en el expediente administrativo ... se desprende que la accionante percibe un beneficio de jubilación Nº 14024898640, con fecha de alta 01/11/2024 PRESTACIONES DOCENTES LEY 24.241, al que se le efectúa una quita en el mensual en curso por aplicación del descuento Ley 24.463
- artículo 9-, de $227.539,05."
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en autos 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS s/ amparo
- ley 16.986' ... 'Que las jubilaciones por servicios docentes ... deben considerarse incorporadas al régimen especial de la ley 24.016 ...' "
"En tal inteligencia que la aplicación del art. 9 de la ley 24.463, resulta inaplicable a los beneficiarios de la ley 24.016 pues ella establece un porcentaje móvil sobre la remuneración en actividad, por lo cual la aplicación de topes o deducciones resulta contradictoria con la propia naturaleza del haber previsional reconocido."
"En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde la fecha de adquisición del derecho, por resultar abstracta la prescripción habida en autos."
Además, se dispone que "las retroactividades reconocidas devengarán un interés fijado por la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, hasta su efectivo pago."
- Disidencias: No aparecen votos en disidencia en el texto; la decisión consignada es la del juez de primera instancia que firma la sentencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: