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BERONDA GABRIEL EDUARDO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

El actor promovió acción de amparo contra ANSeS por descuentos aplicados en su jubilación en virtud del art. 9 de la ley 24.463 y solicitó la devolución de las sumas retenidas. El Juzgado Federal N°10 hizo lugar, declaró inaplicable el art. 9 al caso concreto, ordenó la liquidación y devolución de los descuentos con intereses dentro de 30 días e impuso las costas a la demandada.

Intereses Costas Seguridad social Amparo Anses Liquidacion de prestaciones Inaplicabilidad Devolucion de descuentos Ley 24.463 art.9 Regimen docente ley 24.016/decreto 137/05


¿Quién es el actor?

Beronda Gabriel Eduardo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV‑05‑0819 y del art. 9 de la ley 24.463 en cuanto dispone deducciones sobre su jubilación docente, y para obtener la devolución de las sumas retenidas con más sus intereses y costas. El actor reclama la liquidación íntegra de su prestación (PBU/PC/PAP
- docente Decreto 137/05, Ley 24.241) y la restitución de $445.786,67 descontados en el mes en curso.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado y devuelva las sumas descontadas con sus intereses; se impusieron las costas a la demandada vencida; se difirió la regulación de honorarios para cuando exista liquidación aprobada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde la fecha de adquisición del derecho, por resultar abstracta la prescripción habida en autos. (cfr. CSJN in re “Alonso, Juan José c/ ANSeS s/ reajustes varios” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, A.2300.XXXVIII, 4/9/07.)" "Las costas corresponde imponerlas a la demandada vencida conforme art. 14 de la ley 16.986.-" "Por lo expuesto, citas legales invocadas, RESUELVO: I. Hacer lugar a la demanda incoada por BERONDA GABRIEL EDUARDO contra la ANSeS; II.
- Declarar la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto y, en consecuencia, ordenar al organismo previsional que, dentro del plazo de 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado precedentemente, y proceda a la devolución de las sumas descontadas con más sus intereses, de conformidad con lo dispuesto ut supra; III. Imponer las costas a la demandada vencida. (cfr art. 14 de la ley 16.986); IV. Diferir la regulación de honorarios para el momento de contar con liquidación aprobada. No se estiman los de la demandada, en atención a lo previsto por el art. 2º de la ley 27.423.-"
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la decisión es de primera instancia dictada por el Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10.

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