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CORZO EVA ARGENTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por aplicación de doctrina y precedentes de la Corte. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo con las pautas fijadas y admitió la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037.

Anses Liquidacion de haberes Mopre Retroactivos Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Pbu Quiroga Interes y costas Prescripcion art.82 ley 18037


¿Quién es el actor?

CORZO EVA ARGENTINA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del beneficio previsional (recalculado del haber inicial de la PBU y pago de retroactivos), impugnación de normas de movilidad e inconstitucionalidad de diversas disposiciones y solicitud de reparación por la falta de reajuste del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda de CORZO EVA ARGENTINA; se admitió la defensa de prescripción invocada por ANSES; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios hasta contar con la liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes de la sentencia): "De la prueba documental arribada a la caausa, se advierte que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 15-0-6240784-0-3, con fecha de adquisición del derecho el 30/06/2014 al amparo del marco legal que invoca como fundamento de la pretensión. En consecuencia, se analizará el reclamo por diferencias de haberes que formula, a la luz de la ley 24.241." "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios' y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, corresponde adherir al criterio uniforme que emana del Superior –por economía procesal
- ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 y los dtos 1346/07 y 279/08, y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio." "Por todo lo expuesto y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por CORZO EVA ARGENTINA, en los términos expuestos en los considerandos precedentes, 2) Admitir la defensa de prescripción deducida en los términos del artículo 82 de la ley 18.037 por la demandada, 3) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días ... 4) Imponer las costas del proceso por su orden ... 5) Diferir la regulación de honorarios para el momento de contar con liquidación aprobada."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el decisorio.

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