PEREYRA ERMINIO TOMAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes de la Prestación Básica Universal y otros componentes del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la decisión: dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609, diferió al período de ejecución el reclamo sobre la aplicación de topes (art. 9 ley 24.463) y confirmó lo demás, con costas por su orden en la alzada.
¿Quién es el actor?
PEREYRA ERMINIO TOMAS.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes de la Prestación Básica Universal (PBU) y de suplementos/bonos, impugnación de la aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463) y cuestionamiento de la ley 27.609, además de impugnación sobre costas.
¿Qué se resolvió?
Se dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609; se diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento respecto a la aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto sobre costas en primera instancia (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN, con la salvedad de que si no surgen montos a favor del actor las costas se establecerán en el orden causado conforme art. 36 Ley 27.423); y se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Costas en la alzada por su orden ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción literal de párrafos relevantes):
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Disidencia relevante: El voto del Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en algunos puntos (expresa consideraciones respecto de precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky" y remite a lo sostenido en "Wald Alicia Graciela c/ ANSeS"), pero dichas reservas fueron dejadas sin efecto por la mayoría; lo resuelto por la Cámara es el contenido en la parte resolutiva anterior.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: