ZAMBITO, RUBEN HUGO (TF 38986-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
El actor Rubén Hugo Zambito promovió recurso directo contra la DGA por la regulación de honorarios. La Cámara modificó la regulación y redujo los honorarios de las letradas Mezzabotta y Barelli y del Dr. Héctor F. Árese, fijando las sumas en UMA equivalentes a montos en pesos y dejando a cargo de la parte demandada su pago.
¿Quién es el actor?
ZAMBITO, RUBEN HUGO.
¿A quién se demanda?
DGA (organismo demandado según carátula).
- Objeto de la demanda: impugnación/controversia respecto de la regulación de honorarios profesionales por la actuación en las distintas etapas del proceso (revisión y fijación de honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la regulación de honorarios practicada en grado, reduciendo las sumas previamente fijadas y determinando nuevas cuantías expresadas en UMA y equivalentes en pesos, las cuales se encuentran a cargo de la parte demandada; asimismo, aclaró que el IVA no está incluido y deberá ser depositado por la obligada si correspondiera.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I.
- Que, en función de la naturaleza del proceso, el resultado obtenido y teniendo en cuenta la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional desarrollado en la instancia de grado, corresponde modificar la regulación de honorarios efectuada a fojas 186/187 de la causa en soporte papel y, en consecuencia, reducir los honorarios de las Dras. Celina Mezzabotta y Analía Barelli, en su doble carácter de letradas coapoderadas y copatrocinantes de la parte actora, a la cantidad de 1,31 UMA para cada una de ellas, que a la fecha del presente equivalen a $136.528,20, por su actuación en la primera etapa procesal; y reducir los honorarios correspondientes al Dr. Héctor Félix Arese, en su doble carácter de letrado apoderado y patrocinante de la parte actora, a la cantidad de 5,26 UMA, equivalentes a $ 548.197,20, por su actuación en la segunda y tercera etapa procesal; los que se encuentran a cargo de la parte demandada, de conformidad con las costas impuestas en los pronunciamientos de fojas 148/151 y 171/173 (arts. 16, 20, 21, 29, 30, 58 y ccdtes. de la Ley N° 27.423 y Resolución SGA N° 1930/2026)."
"II.
- Que, por las mismas consideraciones y por la labor cumplida ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del Dr. Héctor Félix Árese, en su doble carácter de letrado apoderado y patrocinante de la parte actora, en la cantidad de 2,36 UMA, equivalente a $ 245.959,20, los que se encuentran a cargo de la parte demandada, de conformidad con las costas impuestas en el pronunciamiento de fojas 171/173; y, asimismo, por la incidencia resuelta a fojas 176/176vta., fijar sus honorarios en la cantidad de 1,97 UMA, equivalente a $ 205.313,40, los que también se encuentran a cargo de la parte demandada (arts. 16, 20, 21, 29, 30, 58 y ccdtes. de la Ley N° 27.423 y Resolución SGA N° 1930/2026)."
"III.
- Que, cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos, deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago, en caso de corresponder."
- Votos / disidencias: No se consignan votos en disidencia; la resolución consta firmada por los Dres. Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo F. Treacy y el Prosecretario Juan Manuel Colombo.
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