GOMEZ, AYELEN MAGALI c/ ARNES, HECTOR OMAR Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor del automóvil Fiat Uno. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Héctor Omar Arnes a pagar $34.332.453 con costas e intereses, rechazando la demanda contra Hernán Traverso y ejecutando la condena contra la aseguradora citada en garantía.
¿Quién es el actor?
Ayelén Magalí Gómez.
- Demandados: Héctor Omar Arnes; Hernán Traverso; citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada.
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 31/08/2023, por lesiones sufridas al ser embestida en bicicleta por un Fiat Uno dominio IUC-095; se reclamó $9.200.000 y se desagregaron rubros (incapacidad, daño psicológico, tratamiento, daño moral, gastos, daño material).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda contra Héctor Omar Arnes y se lo condenó a pagar $34.332.453 en el término de diez días; se rechazó la demanda respecto de Hernán Traverso; la condena será ejecutable contra Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada; se impusieron intereses desde el 31/08/2023 y costas a cargo del demandado vencido.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"A tenor de los términos en que se trabó la litis, el testimonio rendido a fd. 27 en sede represiva (ver aquí) adunado a la comprobación pericial ... no cabe mayor hesitación en tener por debidamente acreditado que el día 31 de Agosto de 2023, aproximadamente a las 12:30 hs. se produjo un accidente de tránsito ... guiado en la emergencia por su dueño el coemplazado Héctor O. Arnes."
"se desprende una presunción de causalidad a los fines de asignar la responsabilidad en cabeza del dueño o guardián de la cosa riesgosa de la cual provino el daño" (considerando I).
"En la especie, ninguna probanza ofrecieron tanto el demandado Arnes como su asegurador orientada a plasmar los hechos impeditivos al progreso de la pretensión ... por consiguiente forzoso deviene tener por debidamente cumplimentado el deber de responder del accionado..."
Sobre la incapacidad: "la determinación de la mengua incapacitante a resarcir alcanza al 23,65% de la TO."
Sobre la cuantificación: "establezco esta reparación en la suma de veintidós millones de pesos ($22.000.000)." (incapacidad); "fijo por estos conceptos el monto de ciento cincuenta mil pesos ($150.000)" (gastos médicos y traslados); "establecer en la suma de doce millones de pesos ($12.000.000) la indemnización por [daño moral]"; "el perito ... estipuló los costos ... en la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos ($182.453)" (daño emergente por reparación del rodado).
- Votos en disidencia: no existe disidencia en la sentencia.
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