RATHMANN MARIA ESTELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad de su prestación. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, declaró prescrita parte de la acción, ordenó recalcular y pagar el haber recalculado con retroactivo dentro de 120 días y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
RATHMANN MARIA ESTELA.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste y actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), impugnación de la aplicación de normas de la ley 24.241 y 24.463 y declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias y/o decretos relacionados con la movilidad y topes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en consecuencia, se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSeS que abone a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas establecidas en la sentencia dentro de 120 días; se difirió al momento de ejecución el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463; se dispuso que las sumas deben abonarse íntegramente y sin quita alguna; se impusieron las costas a la parte demandada y se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales de párrafos relevantes):
1) "En la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08). De este modo queda eliminada toda referencia al valor del MOPRE al que el anterior artículo 20 de la ley 24.241 se remitía."
2) "Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = 'XX' importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15."
3) "FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463)..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio.
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